POLICÍA NACIONAL vs. GUARDIA CIVIL. ¿Cuál es el mejor cuerpo para ingresar? Te ayudo a decidir.

  "El primer paso para conseguir lo que queremos en la vida es decidir lo que queremos."

Anónimo

 ÍNDICE DE CONTENIDO: 
  • ¿Cuál es el mejor cuerpo? Te ayudo a decidir
  • PECULIARIDADES DEL TRABAJO DE POLICÍA Y RETRIBUCIONES
  • REQUISITOS PARA EL INGRESO
  • NATURALEZA DE LA INSTITUCIÓN (civil vs militar)
  • ORGANIZACIÓN TERRITORIAL (demarcaciones policiales)
  • VIVIENDAS DE ASIGNACION EN LA GC (pabellones)
  • ESPECIALIZACIONES. Algo crucial a tener en cuenta
    • ESPECIALIDADES MÁS CONOCIDAS EN GC
    • ESPECIALIDADES PRINCIPALES EN CNP
  • CONSEJO DE LA CAMINANTE: 
 * * * * *

💔¿Cuál es el mejor cuerpo?
Te ayudo a decidir, pero vamos por partes

Hoy tocaremos un tema un tanto "incandescente" para muchos como es la comparación entre los dos cuerpos de seguridad del Estado que sirven en España, por una lado el Cuerpo Nacional de Policía y por otro la Guardia Civil, policías que a menudo llegan a solapar sus competencias funcionales, eso sí, lo haremos con la máxima objetividad y desde la experiencia, aunque no propia sí de personas muy cercanas en mi vida y que integran ambos cuerpos, y sobre todo,  sin alejarnos nunca del motivo que nos interesa y que no es otro que el de ayudar al opositor a decidir con mayor información y con datos que no encontrará en los boletines oficiales, en las academias, ni en los temarios.

Si ya has tenido la oportunidad de leer algunas de mis anteriores entradas en el blog te habrás percatado de que no están generadas por inteligencia artificial y ello, modestia aparte, creo que les otorga un valor especial hoy día. Pues bien, en este sentido, el asunto que hoy nos ocupa es, precisamente, de esos temas que jamás recomendaría escribir a ninguna inteligencia artificial porque creo que el contenido perdería el sentido y la inteligencia artificial acabaría arrojando opiniones carentes de todo valor. Igual estoy equivocada, pero prefiero escribir a mano ;-)

Lo que vamos a tratar hoy, vuelvo a reiterar, es un tema un poco peliagudo cuya única pretensión es poder ayudar al opositor a tomar una decisión algo más madurada al elegir entre uno u otro cuerpo de seguridad. Nadie debe ver en mis letras rivalidad ni prejuicios, creo que en todos los colectivos hay personas que merecen la pena y otras que no tanto. Así que antes de comenzar a plasmar las características básicas y diferenciales os diré que, la rivalidad entre cuerpos, aunque pueda existir sobre todo en altas esferas, no es algo que sea relevante para nuestra decisión y según me comentan mis testimonios, a pie de calle suelen cooperar bastante bien, digamos que los celos empiezan en los despachos. Por lo que dicho esto vamos al tema del tema, como diría Quim Monzó.

Cuando un@ se plantea opositar para policía puede haber causas dispares que lo motiven, como tener algún familiar directo que ya forme parte de algún cuerpo, una vocación profesional firme, o una motivación meramente personal por lograr un trabajo con cierta estabilidad, algo que, a falta de estadísticas, creo que mueve hoy día a la mayoría de personas dada la compleja situación económica que vivimos en España en la que, por mucho que algunos se empeñen en ver el vaso medio lleno, la mayoría está empezando ya a verlo medio vacío y en definitiva, nos encontramos ante una situación económica general bastante precaria que, además, tampoco presenta visos de estabilizarse en el medio plazo, por lo que una posibilidad de lograr ingresos fijos que al menos permitan "sobrevivir" con relativa seguridad es pasar a formar parte de alguno de los cuerpos policiales.


🚓PECULIARIDADES DEL TRABAJO DE POLICÍA Y LAS RETRIBUCIONES

Las policías generalmente suelen percibir sueldos algo mayores que otros funcionarios de su mismo grupo y nivel, entre otras cosas, por su tipo de servicio que poco o nada tienen que ver con las labores administrativas ejercidas por funcionarios de otros ámbitos. El mero hecho de trabajar portando un arma ya otorga un importante riesgo y dificultad a la labor que estos funcionarios desempeñan. Sí, ya imaginamos que no van a estar todo el día tirando de pistola, demos gracias a que España no es el Oeste como EEUU pero, si en algún momento las cosas se complican, ellos son plenamente responsables de la actuación que acometan y de los resultados que obtengan como consecuencia de dicha actuación, y así deberán responder ante la justicia.  Esto es algo fundamental que debe hacerte reflexionar y tenerlo en cuenta a la hora de decidir acceder a cualquier cuerpo policial.

En cuanto a la pregunta ¿Qué cuerpo elijo para opositar?, ¿POLICIA NACIONAL (CNP a partir de ahora) ó GUARDIA CIVIL (GC)?, para eso he creado esta entrada, así que veamos muy por encima pero profundizando en lo interesante, las características propias, principalmente los requisitos, la naturaleza y peculiaridades, y luego la estructura organizativa básica de cada uno de ellos así como las distintas especialidades que ofrecen ambos cuerpos, todo ello de una forma casi coloquial, para que podamos comenzar juntos a reflexionar qué cuerpo nos conviene o se ajusta mejor a nuestras expectativas.

¿Te parece bien?


REQUISITOS PARA EL INGRESO:

Antes de nada deciros que nunca os fieis de comentarios ni de lo que se hable en ningún foro, en este sentido, siempre deberemos leer por nosotros mismos las bases de cada convocatoria en el BOE, ya que éstas pueden variar de una convocatoria a otra, y de hecho varían.

En estos enlaces de abajo puedes informarte acerca de las últimas  convocatorias ya publicadas en medios oficiales (B.O.E.) , y esta es (el BOE) la única fuente en la que siempre debes confiar:

Al margen de mirar con lupa todos los requisitos necesarios para el ingreso en el cuerpo que te interese, si os puedo destacar que los injustos requisitos de edad y de estatura que antaño supusieron el estoque de millones de opositores, han sido ya superados y no se marcan limitaciones de este tipo, a excepción del límite de edad para Guardia Civil que, aunque limitado, ahora se ve ampliado hasta los 40 años. Ahora bien, con esto de la edad hay que ser coherente, si tienes una edad o complexión incompatible con las pruebas físicas exigidas en ambos cuerpos tal vez, y solo digo que tal vez, deberías plantearte el acceso a otro cuerpo de la administración como puede ser por ejemplo el cuerpo de auxiliares de instituciones penitenciarias, lo que todo el mundo conoce como funcionario de prisiones, que no incluyen pruebas físicas.

En cuanto a los requisitos académicos se refiere, aquí encontramos ya un factor diferencial importante entre ambos cuerpos y es que en el caso del acceso a la escala básica del Cuerpo Nacional de Policía el título mínimo exigible es el de Bachiller o equivalente, al igual que para el cuerpo auxiliar de funcionarios de prisiones. 

Según el sistema educativo español, los ciclos formativos de grado medio, al menos a efectos laborales o de acceso a empleo, son títulos equivalentes a Bachiller, así que también podrán opositar todos aquellos que posean cualquier título de ciclo formativo de grado medio.

Sin embargo, en el caso de Guardia Civil, el acceso a la escala básica de este cuerpo solo exige estar en posesión del título de Graduado en ESO. Un poco raro... ¿no? Pues sí, y paso a explicaros un poco todo este asunto y sus consecuencias. 

Si bien los miembros de la escala básica de ambos cuerpos pertenecen al mismo grupo funcionarial, el grupo C, lo cierto es que esta disparidad en cuanto a los requisitos académicos exigidos para el ingreso puede marcar la diferencia en un futuro próximo, en el sentido de que los miembros de CNP acaben siendo reclasificados por la Administración al grupo inmediatamente superior que sería el grupo A2 (antiguo y extinto grupo B). … ¿Y entonces los de la Guardia Civil se quedarían en el grupo C?

Verás, lo que hay que entender en todo esto es que el periodo formativo de ambos cuerpos para el ingreso en la escala básica (CNP y GC) es de 2 años, incluyendo el periodo académico (un curso) y el año de prácticas en destino, lo cual equivale ciertamente a un ciclo formativo de grado medio que, aunque por el momento es de grado medio, esto podría cambiar directamente en función de la titulación académica exigida en el ingreso, y ahí está la madre del cordero. 

Y es que mientras CNP lleva ya unos 10 años desde que modificara sus bases para el ingreso en su escala básica subiendo el nivel académico desde el graduado en ESO a Bachiller, la GC sigue sin avances en este sentido, por lo que una vez más, como en algunas otras cosas, el cuerpo benemérito vuelve a quedar a remolque o, ya veremos, si no en la cuneta. ¿Por qué?

Pues porque en el caso de CNP los sindicatos de CNP llevan años reclamando al gobierno de turno la reclasificación de los miembros de la escala básica al grupo A2, alegando que, si el título exigido para el ingreso es el de BACHILLER y la formación académica posterior es de dos años, siendo dicha materia formativa perfectamente equivalente a la de cualquier otro ciclo formativo de grado superior, la superación del periodo formativo para el acceso a la escala básica de CNP convertiría de facto a todos los policías en técnicos superiores, debiendo ser por tanto  encuadrados en el grupo A2 de funcionarios de la administración.

En el caso de GC la situación no es la misma, pues aunque la carga lectiva y formativa para el acceso a la escala básica de este cuerpo pueda ser muy similar, si no prácticamente idéntica, a la de CNP, y las funciones asumidas por funcionarios de ambos cuerpos pueda entenderse igualmente como análogas, lo cierto es que la titulación académica exigida para su ingreso a día de hoy es el graduado en ESO y no el BACHILLER, y esto, llegado el caso, puede ser determinante a la hora de hacer una reclasificación funcionarial de grupos que acabe perjudicando gravemente a los miembros de la escala básica de la GC. 

Esta situación en la GC puede también estar ligada a la importante provisión de plazas restringidas que se reserva a la tropa profesional del ejército, plazas a las que cuyos miembros pueden acceder a partir de los 5 años de servicio.

En cualquier caso, debemos saber que el salto desde el grupo C a un grupo A2 (antiguo grupo B) conlleva importantes mejoras salariales en lo que a sueldo base y trienios se refiere, todo ello con un impacto significativo también en la jubilación.


👮NATURALEZA DE LA INSTITUCIÓN (civil vs militar):

Una de las principales diferencias entre CNP y GC radica en la naturaleza de cada uno de estos cuerpos. La naturaleza es aquí un concepto objetivo y tangible, en el sentido de que implica consecuencias reales llegado el caso. Mientras CNP es un cuerpo armado de naturaleza civil, lo cual permite no solo el asociacionismo (también permitido en la GC) sino también la sindicalización de sus miembros, la GC por su parte constituye un instituto armado de naturaleza militar, no estando permitido por ello el sindicalismo entre sus miembros y pudiendo ser éstos sometidos a la jurisdicción militar en cualquier caso que la administración considere.

Aunque en principio pueda parecer algo residual ya que ambos cuerpos asumen y desarrollan funciones muy similares cuando no idénticas (seguridad ciudadana, policía judicial, inteligencia, antidroga, terrorismo, etc.), en ocasiones con el único criterio diferencial de la circunscripción geográfica (demarcaciones policiales) como único delimitador de las actuaciones de ambos cuerpos, el hecho de la naturaleza militar o civil puede marcar una diferencia sustancial en la vida de sus miembros. Por poneros un ejemplo, un miembro de la GC que sea condenado en la jurisdicción civil por un delito que la administración interprete que ha dañado la imagen del cuerpo, podría llegar a responder a posteriori y por ese mismo delito, también ante un juzgado militar por un delito contra el decoro y ser expulsado del cuerpo. Esto ha ocurrido y de hecho parece ser una práctica habitual cuando se trata de ciertos delitos que pueden dañar la imagen y que implican conductas reprobables por parte de miembros.

El carácter de la naturaleza, militar o civil, no es algo baladí sino una condicionante que deberíamos plantearnos y tener muy en cuenta a la hora de decidirnos. Piensa que cualquier miembro de GC, aunque seguramente no desarrolle labores militares durante toda su carrera salvo en el caso de determinadas misiones internacionales o relacionadas con la defensa nacional e inteligencia, está sometido en todo momento (24-7) a la jurisdicción militar y muy especialmente en el caso de la comisión de delitos que puedan dañar la imagen del cuerpo a ojos de la administración militar. Ya sé que no es idea de nadie en su sano juicio acceder a un cuerpo policial para delinquir pero hay situaciones en las que cualquiera puede verse envuelto sin intención y no está de más saberlo.

Siguiendo con la naturaleza militar de la GC, adelanto que siempre suele haber bastante debate al respecto sobre todo por el deseo de muchos miembros del cuerpo de no seguir siendo militares, pero la jurisprudencia existente deja poco espacio para la duda y los tribunales militares acaban teniendo la última palabra para condenar a posteriori de un proceso civil, a guardias civiles por delitos ya juzgados en tribunales ordinarios. Ya os digo que podréis encontrar disparidad de opiniones en este sentido pero me limito a trasladar el testimonio de varios miembros de la GC con los que he hablado sobre el tema. En estos casos, entendemos que el hecho de ser militar actúa de algún modo como agravante, como si la administración militar dijera, bien, has cometido un delito X y has sido condenado por la jurisdicción ordinaria, pero como eres militar, ahora debes responder ante la jurisdicción militar. 

Por otro lado, y para muestra un botón, ¿sabías que todo el cuadro de mandos de máximo rango en la GC proceden directamente de la academia general del ejército, compartiendo formación durante los 2-3 primeros años con militares de la Armada, ejército de Tierra y del Aire?

En cierta ocasión algunos expertos han llegado a definir a la GC como una suerte de "parcela" propiedad del Ministerio de Defensa pero "arrendada" al Ministerio de Interior para el desempeño de funciones policiales. Una definición un tanto chocante, surrealista y sin apenas cabida en un modelo de estado democrático moderno pero que bien puede describir la realidad.

El caso de CNP, es otra historia. Su desvinculación definitiva con el ejército data de la época de la transición, cuando se ofreció a los mandos de la conocida como "Policía Armada" (conocidos como grises) su pase e integración en el ejército para mantener el carácter militar, subiendo además su empleo (rango) a modo de recompensa. Aquellos que prefirieron seguir siendo policías pasaron a integrar, junto con los miembros del Cuerpo Superior (conocidos como chapas) el cuerpo de Policía Nacional que hoy conocemos, absolutamente desvinculado orgánica y funcionalmente del Ministerio de Defensa. 

En este sentido, y trasladando nuevamente opiniones de primera mano, sea por el motivo que fuere parece ser que la sindicalización o la desmilitarización en sí misma ha llevado al CNP a otros niveles de modernidad que la GC aún no ha alcanzado, al menos en cuanto a estructuras organizativas y distribución del personal, régimen y turnos de servicios de los policías, medios materiales, etc. 

Sin embargo, en otros aspectos, como formación académica y especialización de unidades, ambos cuerpos parecen estar situados al mismo nivel, aunque los requisitos para el ingreso en el caso de CNP sean superiores (BACHILLER o CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO) al necesario para GC (GRADUADO ESO), al menos hasta el día de hoy.


🛂 ORGANIZACIÓN TERRITORIAL (demarcaciones policiales)

Intentaré ser breve y descriptiva al máximo en este apartado.

CNP posee comisarías desplegadas por todo el territorio nacional, siempre en capitales de provincias o grandes ciudades, contando algunas provincias con varias comisarías como por ejemplo Alicante, que además de dos comisarías en la capital (contando una de ellas con el rango de comisaría provincial) cuenta con otras Elche, Elda-Petrer, Benidorm y Denia.

GC presenta un despliegue que abarca igualmente todo el territorio nacional, incluyendo las islas Canarias y Baleares, Ceuta y Melilla. La organización básica de unidades se estructura en base a las comandancias, situadas normalmente en la capital de cada provincia aunque puede haber algunas satélites en la misma provincia (Algeciras, Madrid interior, Madrid exterior), y que vertebra a su vez a todas las unidades menores ubicadas en municipios de población más reducida.

Esta distribución de unidades y fuerzas por el territorio otorga a cada cuerpo una movilidad y una idiosincrasia peculiar. Mientras GC ofrece la posibilidad de ir a localidades más alejadas de los grandes núcleos urbanos, en el caso de CNP los destinos irán siempre a capitales de provincia o grandes núcleos poblacionales.

Esta característica marca algunas diferencias en el lazo que pueda crearse entre el policía/GC y el ciudadano con el que deberá interactuar, así como el tipo de servicio a desarrollar que, aun acometiendo idénticas tareas, podrá no ser el mismo en zonas rurales que en grandes núcleos de población. 


🏠 VIVIENDAS DE ASIGNACION EN LA GC (pabellones)

Actualmente las únicas zonas en España que pueden ofrecer este tipo de recursos son Cataluña, donde la GC solo mantiene algunas competencias exclusivas del estado (control de armas y explosivos, fronteras y aduanas, terrorismo) así como en zonas rurales de interior donde aún se ha mantenido parte de la infraestructura de cuarteles. Esto significa acceso a una vivienda en condiciones que pueden variar bastante desde buen estado de habitabilidad a un estado pésimo. En cualquier caso y a falta de estadística, calculo que apenas un 10-15 % de unidades mantienen habitables y utilizables las viviendas pabellones para su uso preferente por parte de miembros de la unidad.

En el caso de CNP no existe esta posibilidad en ningún caso.


🔍 ESPECIALIZACIONES. Algo crucial a tener en cuenta

Debo recordarte ahora la primera entrada de este Blog y que titulé... ¿A QUÉ DEDICO MI VIDA?, y si no la habías leído aún aprovecho para pedirte que lo hagas. Básicamente, lo que quería expresar en esa presentación que hice es que entendieras cuán importante es la elección que vamos a tomar al elegir la oposición. Al fin y al cabo, es aquello a lo que probablemente dediquemos el resto de nuestra vida, por lo que no estaría mal que, al menos, se trate de algo que nos resulte de cierto agrado, ¿Estarán de acuerdo?, pues en el caso de las policías hay también algo decir sobre este aspecto, y es que una vez hayamos accedido a cualquiera de los dos cuerpos (CNP o GC) tendremos la oportunidad de tomar un nuevo camino y darle un nuevo sentido a nuestro trabajo.

Si bien en lo que se refería a aspectos como turnos de servicios, planificación de éstos, medios materiales (vehículos por ej.) o humanos, otorgábamos cierta ventaja a CNP frente a GC debido quizá a su naturaleza no militar y a la labor de la lucha sindical, en el caso de las especialidades de unidades parece ser que GC presenta algunas ventajas al respecto y, no en vano, es muy probable que se trate del cuerpo de funcionarios de la Administración que ofrece el mayor espectro de especializaciones posibles.


¿Y eso de las especialidades qué es?

Verás, al ingresar en la escala básica tanto de CNP como de la GC, primeramente pasamos a formar parte de las unidades de destinos que podamos solicitar con nuestra antigüedad, pero posteriormente, podemos pedir destinos de especialidades en unidades que centrar su trabajo en ámbitos y tareas específicas que nada tienen en común con las desarrolladas por ejemplo por las patrullas de seguridad ciudadana o unidades antidisturbios, por citar dos ejemplos.

Las especializaciones surgen para tratar de luchar contra las diversas formas del crimen (redes delincuenciales organizadas, drogas, ciberdelincuencia) y basan su efectividad en el conocimiento específico de una materia, formando una parte esencial de los cuerpos policiales y a las que ambos destinan gran parte de sus efectivos.

En este aspecto, como comentaba, la GC muestra una clara ventaja con respecto a CNP al ofrecer no solo un abanico de especialidades bastante más amplio que CNP, sino también al parece mejor reglado en lo que formación se refiere. Mientras en CNP muchas de las especialidades (drogas, policía judicial, servicio de información) no se hayan reguladas formalmente mediante concurso-oposición sino que se trataría de puestos de libre designación (PLD), en la GC resulta imprescindible, en la mayoría de casos, superar un concurso-oposición como método de acceso básico a una vacante de especialidad. Esto no quiere decir que en GC no haya también vacantes de tipo PLD, que las hay, sino que la provisión normal de vacantes de especialidad pasa por el concurso-oposición (policía judicial, servicio fiscal, tráfico, servicio marítimo, etc.) y hasta que no se supera el periodo de formación y los exámenes correspondientes no se obtiene la certificación de la especialidad, necesaria para cubrir una vacante de especialidad. Esto no ocurre en el caso de CNP, y aunque sus miembros puedan recibir formación igualmente sí pueden ocupar vacantes de especialidad sin la certificación.

Por otro lado, ya que hemos llegado hasta aquí, vamos a tocar la chica auténtica que en el fondo es lo que más puede interesar al opositor. Sin rodeos, si oposito para GC, ¿a qué especialidades exactamente puedo optar? ¿estaré toda mi vida patrullando? ¿cobraré más si formo parte de una unidad especialista?

Tranquilo!!! Vamos por parte y que no quede nada en el tintero!!


ESPECIALIDADES MÁS CONOCIDAS EN GC

Voy a detallar grosso modo algunas de las principales especialidades a las que podrás acceder una vez que formes parte de la escala básica (cabos y guardias) o también desde la escala de suboficiales (sargento-subteniente). Si me equivoco disculpadme, la idea es aclarar un poco el espectro repertorio que ofrece y nada más, además, las especialidades como policía judicial suelen cambiar de denominación fácilmente para adaptarlas a los tiempos y mejorar la especialización. En cuanto a la ubicación física de las unidades especialistas, ésta es variable, pero suelen ubicarse principalmente en Comandancias (capitales de provincia) y también en unidades de cierta envergadura.


- Tráfico: dividida en dos, motorista (control de carreteras y autopistas en vehículo) y equipo de atestados (instrucción de diligencias)

- Desactivación de explosivos: solo a nivel de Comandancias

- Servicio Fiscal: destino en puertos, aeropuertos, patrullas fiscales territoriales, aduanas interiores (pocas). Cumplen con el control de mercancías y personas (inmigración)

- Policía Judicial: Laboratorios (huellas dactiloscópicas, reseña de detenidos, análisis, pruebas, laboratorio... ), y en función del tipo de delito equipos operativos de patrimonio, mujer y menores, equipos operativos antidroga, delincuencia organizada, delitos económicos y de corrupción (UCO), etc.

- Servicio Información: inteligencia y análisis, terrorismo, asuntos internos.

- SEPRONA: servicio de protección de la naturaleza, motoristas y equipos de análisis.

- SERVICIO CANINO: adiestramiento y utilización de perros especialistas en droga, explosivo, dinero, tabaco, etc.

- GEAS: grupo de actividades subacuáticas, rescate de personas, tareas de inspección y prevención, control de alcantarillado, rescate en mar y en aguas interiores (ríos, pantanos, etc.)

- SERVICIO MARITIMO: dividido en mecánico naval, y marinero/patrón

- GREIM: grupo de intervención en alta montaña

- GRS: grupos rurales de seguridad (antidisturbios y fuerza especializada en entradas a inmuebles)

- GAR: grupo de élite, unidad de asalto y entradas a inmuebles con formación de máximo nivel.

- UEI: unidad de élite para intervenciones en secuestros, aviones y situaciones de alto riesgo.

- GATI: Unidades periféricas (en cada Comandancia) de mantenimiento informático, redes y tecnologías de la información.

- UNIDADES DE DRONES: de reciente creación en aeropuertos


Como puedes ver las opciones son muchas y variadas pero debes valorar siempre ciertos condicionantes como por ejemplo tu edad, tu forma física, la preparación académica que puedas tener de antemano en cualquier campo, o simplemente dejar que tu verdadera vocación decida por ti.

Aunque en realidad es aplicar la lógica en la mayoría de casos, voy a exponerte unos pocos ejemplos muy descriptivos que te pueden ayudar a comprender un poco mejor como va todo este asunto de las especialidades y sus condicionantes. Vamos allá:

Si ya tienes treinta y tantos no te molestes en mirar las bases para optar a una unidad como el GAR o la UEI, ni siquiera el GRS, pero tranquilo, tal vez podrías optar a otras unidades como USECI (Unidades de seguridad ciudadana) que ofertan más plazas al estar presentes en todas las comandancias y además realizan servicios similares pero sin un nivel de exigencia tan elevado.

  • Si no te gusta conducir motos no te recomiendo hacer la especialidad de motorista de tráfico
  • Si odias el alpinismo es obvio que el GREIM no es para ti.
  • Si no te gusta el mar y navegar obvia el Servicio Marítimo.
  • Si no eres buen nadador ni te atrae el buceo no creo que el GEAS sea lo tuyo, y así sucesivamente.
  • ...


ESPECIALIDADES PRINCIPALES EN CNP:

A nivel de comisaría (mínimo una por cada provincia) se crean unidades operativas contra la delincuencia organizada, antidrogas, delitos contra la mujer, económicos, ciberestafas, también unidades de guías caninos (tanto para la búsqueda de drogas como explosivos), policía científica (dactiloscopia, laboratorio...), desactivación de explosivos, etc.

A nivel central existen otras especialidades como pilotos de helicópteros, o unidades de asalto (GEOS), cuyo nivel de preparación se encuentra al mismo nivel que las unidades de élite de la GC. 

También debemos saber que algunas comunidades autónomas, como por ejemplo la Comunidad Valencia y creo que también Galicia, en el ejercicio de los derechos reconocidos por la propia constitución a tener su propia policía autonómica, han creado unidades específicas de policías nacionales adscritas al gobierno autonómico y que coexisten con los otros cuerpos. Dado el tamaño y los escasos medios humanos de los que se dotan a estas unidades, suelen tener competencias más administrativas como inspección de locales, casas de apuestas, etc.

Intentaré ampliar este apartado en un futuro próximo.


Por el momento, por si os interesa ampliar datos o ir mirando cositas, aquí os dejo los enlaces a la sección del aspirante de ambos cuerpos, para que no perdáis detalle una vez tengáis claro a qué cuerpo os gustaría optar:


Y de paso, para ir haciendo boca o para los más inquietos os dejo también un enlace a un portal de test por si queréis hacer algunos gratuitos para medir vuestro nivel. Se trata de un portal especializado en test para opositores al que habrá que suscribirse, pero como ofrece algunos test gratuitos aprovecho para compartirlo por aquí. ¿Qué te parece si empezamos por Test gratis sobre la Constitución española?? No en vano es el primer tema de todas las oposiciones por lo que te conviene conocerla al dedillo.

 

👮Y para acabar, el CONSEJO DE LA CAMINANTE: 

Si de momento aún tienes dudas pero decides ir estudiando para acercaros un poco más  la meta, podéis ir estudiando de momento los temas comunes en ambas oposiciones, que seguramente sean bastantes, así tendréis más tiempo para ir madurando la decisión sin perder ni un día en vuestra carrera hacia el objetivo.

Y... ¿el físico?? ¿Cómo lo llevas??

 * * * * *

Con cariño y conocimiento,

La Caminante

[La Meta está Más Cerca]


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